Determinadas asociaciones civiles y cofradías religiosas, sin exigir el estatuto de nobleza, suelen requerir a los aspirantes acreditación de buena conducta y cierta reputación y posición profesional, social o académica como, por ejemplo, estar en posesión de un título universitario o un solvente curriculum vitae.

      En su mayoría vienen desarrollando una meritoria labor cultural, asistencial o religiosa en las localidades en que están implantadas. Con la finalidad de solemnizar los lazos de hermandad internos y revestir de cierta vistosidad a sus actividades y ceremonias de ingreso, a veces adoptan denominaciones de eufónicas resonancias medievales y ritos e indumentaria propios de los antiguos cuerpos estamentales.

      No obstante, aprovechando que las vigentes disposiciones en materia de ceremonial, premios y distinciones están diluidas en un confuso guirigay normativo,
y también la ignorancia ecuménica en que sobre estos temas hacen gala nuestras autoridades más señeras-—, algunas de estas entidades han caído en la tentación de tratar en aparentar lo que no son y se desenvuelven con calculada ambigüedad. Así, no resultan inusuales ni las modificaciones históricas sobre sus verdaderos orígenes ni la reclamación  de un  estatus  oficial o protocolario que no les corresponde, como el título honorífico de Real que algunas de  ellas usan  indebidamente. Sus componentes

se denominan a veces caballeros nobles cuando ninguno de ellos lo es, salvada alguna rara excepción que confirma la regla.

      Para sortear a la habitual sensatez y compostura de las autoridades eclesiásticas en este tema, los dirigentes y mayordomos de este tipo de hermandades y cofradías recurren a instrucciones internas, acuerdos capitulares o meras vías del hecho, prevenciones que no son necesarias adoptar cuando se trata de asociaciones civiles pues, desgraciadamente, en nuestro país no existe impedimento legal alguno para constituir ex novo una fraternidad caballeresca con todos sus perifollos correspondientes. No hay más que comprobar el listado de Órdenes Militares, Ilustres y Muy antiguos Capítulos y Estamentos Ecuestres que se han colado estas últimas décadas en los registros oficiales -nacional y autonómicos- de asociaciones.

      Nos parece que cada uno es muy dueño de ejercer su derecho de asociación como mejor le plazca, pero resulta inaceptable que hayan obtenido su legalización entidades que incluyen en su nomen iuris expresiones como «Caballeros de Santiago» o «Caballeros de Isabel La Católica», existiendo como existen desde antiguo las prestigiosas órdenes santiaguistas y de Isabel la Católica, por poner solo dos ejemplos muy recientes.

      Estas excepciones no deben empañar, insistimos, la benemérita actividad desarrollada por muchas de estas cofradías y asociaciones, algunas de las cuales, las más activas y conocidas, se reseñan en este lugar.